Todo ciudadano colombiano tiene derecho constitucional a presentar Derechos de Petición ante cualquier entidad en Colombia o en el exterior (Ministerios, Alcaldías, Gobernaciones, Embajadas, Consulados, Misiones Diplomáticas, Diplomáticos). Aquí encontrará la descripción completa de cómo efectuar la petición, los términos legales y duración del proceso, que depende de la clase de petición que haya presentado.
¿QUÉ ES?
Es la solicitud verbal o escrita que se presenta ante cualquier entidada estatal, publica ao priovada, para requerir su intervención en un asunto concreto.
Es un derecho Constitucional fundamental que hace parte de los derechos inherentes a la persona humana y su protección judicial inmediata puede lograrse mediante el ejercicio de la acción de tutela. La petición irrespetuosa exime a las autoridades de resolver prontamente.
¿PARA QUÉ SIRVE?
Sirve cuando la persona natural o jurídica requiera:
a) Información de interés general o particular sobre la institución
b) Concepto en relación con las competencias de una dependencia
c) Solicitud de copia de documentos, con información que repose en la dependencia, siempre y cuando no sean reservados.
d) Solicitar corrección de la información del usuario ante la entidad.
¿CÓMO FUNCIONA?
Una vez radicada una petición en cualquier punto de atención de la Institución o por la página Web, se debe atender o dar traslado a la persona que se considere competente, la cual deberá tramitar la solicitud dentro de los términos legales establecidos, salvo que mediante comunicación al interesado y en cumplimiento del artículo 6 del Código Contencioso Administrativo, ante la imposibilidad de responder dentro del término legalmente previsto, la dependencia fije un nuevo término para contestar, por la complejidada de la solicitud.
Si el motivo de la petición o consulta no es competencia de la dependencia que recibió la petición, se traslada a la que se estime competente y se le informa al peticionario.
Si la información o documentación solicitada goza de reserva constitucional o legal, se comunicará al solicitante lo pertinente.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS Y DOCUMENTOS NECESARIOS PARA EL TRÁMITE?
La petición podrá ser presentada directamente por el peticionario o a través de un apoderado debidamente constituido y acreditado, para lo cual deberá cumplir con los requisitos establecidos por el artículo 5 del Código Contencioso Administrativo.
1. La presentación de la solicitud, personalmente o por vía electrónica en el portal del instituto http://www.iss.gov.co, debe contar como mínimo con la siguiente información:
* Datos que debe diligenciar al registrarse en el portal del instituto:
- Nombres y apellidos completos del solicitante
- Nombres y apellidos completos de su representante o apoderado
- Indicación de su documento de identidad
- Datos de ubicación para notificación.
* Datos del derecho de petición
- Objeto de la petición o consulta.
- Razones en que se apoya.
- Relación de documentos que acompaña.
- Firma del peticionario.
2. Si el solicitante desea copia de documentos por él seleccionados debe diligenciar el formato de copias de expedientes o documentos que cada dependencia haya establecido y cancelar, si es del caso, el valor correspondiente, a travez de la cuenta 0013-0049-0200001210 del BBVA y anexar la copia como parte de la documentación de derecho de petición
La regla general es que "Toda persona tiene derecho a consultar los documentos que reposen en las oficinas públicas y a que se le expida copia de los mismos, siempre que dichos documentos no tengan carácter reservado conforme a la Constitución o la Ley, o no hagan relación a la defensa o seguridad nacional".
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