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Ventajas del ISS

Para Pensiones Seguro Social, es importante que usted conozca las características y beneficios que ofrecemos, y que debe tener en cuenta al momento de tomar una decisión para su futuro y el de su familia.

Experiencia

Mas de 40 años de experiencia nos han permitido pensionar a más de setecientos mil trabajadores, lo que genera confianza, seguridad y tranquilidad a nuestros afiliados; en todos estos años somos oportunos en el pago de mesadas pensionales una vez reconocido el derecho
.

Edad para pensionarse
En el Régimen administrado por el Seguro Social, actualmente se adquiere una pensión con 55 años de edad, si es mujer y 60, si es hombre (hasta el 2014), es decir menor tiempo que el establecido para la garantía de una pensión mínima en el Régimen de Ahorro Individual que es 62 años para los hombres y 57 para las mujeres
.

Dos mesadas adicionales

Pensiones Seguro Social, ofrece dos mesadas adicionales, una en junio y otra en diciembre, sin afectar el monto de su pensión. Según el acto Legislativo 001 del 25 de julio de 2005, las personas que devenguen entre uno (1) y tres (3) salarios mínimos, y que adquieran el derecho a la pensión hasta el 31 de julio del año 2011, tendrán derecho a la mesada 14.

En caso de cesación del empleo el iss no cobra comisión del cesante a diferencia de los fondos privados de pensiones.

Pensión Vitalicia

La pensión no esta sujeta al riesgo de rentabilidad, cambios de las tasas de interés y riesgo de longevidad.

Régimen de transición


Se conservan los beneficios del Régimen de transición (Art.36 Ley 100 de 1993).
En virtud de lo dispuesto en el régimen de transición previsto en el artículo 36 de la Ley 100 de 1993, a las personas que a 1 de abril de 1994, acreditarán más de 40 años de edad en el caso de los hombres y 35 o más años de edad en el caso de las mujeres o 15 o más años de servicios, se les aplicará la edad para acceder a la pensión de vejez, el tiempo de servicios o el número de semanas cotizadas, y el monto de la pensión de vejez será la establecida en el régimen anterior al cual se encuentren afiliados.

Igualmente vale anotar que dicho Régimen de Transición fue modificado por el Acto Legislativo 01 de 2005, parágrafo transitorio 4º, en donde se dispone que la transición no podrá extenderse más allá del 31 de julio de 2010; excepto para los trabajadores que estando en dicho Régimen, además tengan cotizadas 750 semanas o su equivalente en tiempo de servicios a la entrada en vigencia del mencionado Acto Legislativo (22 de julio de 2005); a los cuales se les mantendrá hasta el año 2014.

Cobertura

El Seguro Social cuenta en la actualidad con 28 centros de atención pensiones, 16 entidades pagadoras de pensión con cobertura para el pago en 700 municipios del país y continuará ampliando cobertura para estar cada vez más cerca de usted.

 
Diferencias entre Régimenes
 

  

  
 
 
 
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